Derechos
Analizando los nuevos derechos del ciudadano
de Jordi Borja encontramos algunos de ellos en nuestro sitio de trabajo El
Parque de Bolívar de la ciudad de Medellín.
1. El derechos al lugar: este nos dice que odas
las personas que viven en un lugar que han contribuido a construir, en el que
están arraigadas y que proporciona sentido a su vida, deben poder continuar
viviendo en él y tienen derecho al re-alojo en la misma área si esta se
transforma por medio de políticas de desarrollo urbano o de rehabilitación de
hábitats degradados o marginales. Es se ve planteado en la carrera 49 Venezuela
para mayor ubicación al lado de la Funeraria Prever, este modificaciones fueron
hechas entre el 2007 y 2009.
2. Derecho
al espacio público y a la monumentalidad:
El espacio público es una de las condiciones básicas para la justicia urbana,
un factor de redistribución social, un ordenador del urbanismo vocacionalmente
igualitario e integrador. Todas las zonas de la ciudad deben estar articuladas
por un sistema de espacios públicos y dotados de elementos de monumentalidad
que les den visibilidad e identidad. Ser visto y reconocido por los otros es
una condición de ciudadanía.
3. Derecho
a la centralidad: Todas
las áreas de la ciudad metropolitana deben poseer lugares con valor de
centralidad y todos los habitantes deberían poder acceder con igual facilidad a
los centros urbanos o metropolitanos. En la ciudad metropolitana la
articulación de los centros viejos y nuevos, el acceso y la recualificación de
los centros históricos no solo de la ciudad central sino también de las áreas
periféricas, la creación de nuevas centralidades polivalentes en sus funciones
y mixtas en su composición social son elementos consubstanciales de la
democracia urbana. Las centralidades marcan las principales diferencias entre
las ciudades. Este es uno de los derechos que mas cumple este lugar debido que
es uno de los parques mas centralizados y con mayores facilidades de acceso que
hay en el Área Metropolitana de Medellín.
4. Derecho
al acceso y al uso de las tecnologías de información y comunicación. Las administraciones públicas no solo deben
proteger y garantizar este derecho sino también utilizar las TIC (tecnologías
de información y comunicación) para democratizar realmente al acceso de todos a
los servicios de interés general. Derecho al uso social de las actuales
tecnologías de información y comunicación, especialmente en las relaciones con
las Administraciones públicas. Uno de los derechos poco visibles del Parque de
Bolívar es este debido a que muchas personas no saben que el teatro cuenta con
una guía de sus presentaciones, este guía puedes ser sacada una vez al mes.
5. Derecho
a la justicia local y a la seguridad.
Hoy la justicia es inaccesible para la mayoría de ciudadanos (por su coste,
lentitud, etc.). La seguridad es vista principalmente en términos de represión
y se plantean políticas de seguridad sobre todo cuando la “inseguridad” afecta
a sectores medios y altos y a agentes y representantes de las instituciones. La
justicia local, de base municipal y la seguridad como actuación concertada
entre la institución local y la sociedad civil organizada es hoy una demanda
inaplazable de las mayorías ciudadanas, en la medida que puede asegurar una
prevención más eficaz y si es preciso una reacción sancionadora más rápida.
6. Derecho
a la ilegalidad.
Paradójicamente, tanto los colectivos sociales como, a veces, las instituciones
locales deberían asumir el coste de promover iniciativas ilegales o alegales
para convertir una demanda no reconocida en un derecho legal (p.ej. para
obtener la reversión de uso de espacio público congelado por una institución
estatal). Es decir se trata de demandas que se pueden considerar “legítimas”,
aunque no sean legales. Los ejemplos son las sentencias absolutorias de los
okupas, la tolerancia oficial en áreas urbanas delimitadas, respecto al tráfico
de droga, el uso social efímero o definitivo de espacios privados con vocación
pública, etc.
7. Derecho
a la calidad del medio ambiente.
Como derecho a una calidad de vida integral y como derecho a preservar para las
generaciones futuras. Este derecho incluye el uso de los recursos naturales y
energéticos, el patrimonio histórico-cultural y la protección frente a las
agresiones a la calidad del entorno (contaminaciones, congestiones, suciedad, fealdad,
etc.).
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